12 mayo, 2025

POR UN VOTO EL SENADO RECHAZÓ LA LEY DE FICHA LIMPIA

LOS SENADORES ARCE Y DECUT CAMBIARON SU VOTO BLOQUEANDO EL PROYECTO

En un duro golpe para las expectativas de la ciudadanía y con acusaciones cruzadas que nuevamente ponen en sospecha el real interés en sancionar la tan anhelada ley, (con tantos años de trabajo, frustraciones e impulsos para obtenerla) el Senado rechazó el proyecto de ley denominado “ficha limpia” por un voto.

Se necesitaban 37 votos para sancionarla y se lograron 36 contra 35 del kirchnerismo. Actores fundamentales para este resultado fueron los senadores renovadores (no massistas) Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, que cambiaron su voto para acompañar al bloque del PJ.

De esta forma, el camino electoral para Cristina Fernández queda allanado y podrá presentarse como candidata en las próximas elecciones si así lo desea.

Más allá de las dudas en cuanto al real interés del gobierno en sancionar la mencionada ley, (en su momento voltearon un proyecto y le encargaron al Dr. Fargosi redactarlo nuevamente con la autora original, Silvia Lospennato) no cabe duda que es otro gran traspié de la gestión Milei, quién no logra encarrilar una gestión política que acompañe lo que hasta ahora se considera, una buena gestión económica en la macro economía.

Esto da nuevo impulso al kirchnerismo que se ilusiona con un buen resultado el 18 de mayo en C.A.B.A y pese a la feroz interna, la intención de voto que conserva el gobernador Kicillof.

Con una oposición atomizada, el PRO implosionado y la UCR que según las encuestas oscila entre un 3 y un 4 % en la elección capitalina (por debajo de Marra) el “no vuelven más” libertario, suena dudoso en una película que ya vimos durante la gestión Macri.

La norma rechazada implicaba la modificación de las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos y bloqueaba a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública.

En ella se contemplaban los “delitos de fraude en perjuicio de la administración pública contemplado en el artículo 174, inciso 5 del Código Penal”. También, a los “delitos previstos en los capítulos VI-Cohecho y tráfico de influencias, VII-Malversación de caudales públicos, VIII-Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, IX-Exacciones ilegales, IX bis-Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados, y XIII-Encubrimiento, todos ellos contemplados en el título XI-Delitos contra la administración pública, del libro segundo del Código Penal”.

Todo ello ha quedado en la nada. Queda la imagen de senadores celebrando que los corruptos condenados puedan seguir participando de la vida política del país.